Este verano algunos vecinos de urbanizaciones y comunidades que cuenten con piscina pueden encontrarse con un quebradero de cabeza a la hora de acudir a darse un chapuzón más allá de los habituales acerca de su uso fuera de horarios. Concretamente, los vecinos que pueden enfrentarse a un verdadero problema para utilizarla son aquellos que puedan adeudar alguno o varios pagos a la comunidad de vecinos en cuestión.

Esta entidad no jurídica formada por los propietarios puede prohibir el paso al recinto de la piscina a los vecinos deudores, impidiéndoles hacer uso de la misma. Fue el pasado año cuando una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) dejó en manos de la comunidad el acceso de los propietarios deudores a instalaciones comunitarias como la piscina pero que también puede afectar a otros espacios como las pistas deportivas que pueda haber.

No todo está tan claro tras la reforma, puesto que no se estipulan las sanciones que se aplicarían a quienes infrinjan la normativa, aunque muchas comunidades cuentan con sistemas de acceso digital que pueden facilitar estas restricciones.

Acerca de este aspecto, el vicepresidente del Colegio Provincial de Administradores de Fincas, Félix Rodríguez, confirma que esta decisión ya está en manos de las comunidades de propietarias tras una modificación de la ley que responde a una problemática que venía de atrás. “Se trata de una regulación a raíz de una resolución sobre una piscina en Mazarrón, cuando la junta de propietarios acordó que se podía prohibir el acceso a los morosos”, explica el letrado remontándose a este caso que supuso un antecedente en 2013.

Una prohibición que avala la ley puesto que la piscina no está considerada como “un elemento esencial”, al igual que ocurre con las pistas de tenis o pádel, entre otras instalaciones.

Félix Rodríguez recuerda que “cuando no se contemplaba esta posibilidad en la ley se sembraron muchas dudas al respecto” a la hora de “utilizar esa herramienta para rebajar al morosidad”. Algo que ha cambiado “con la última reforma de la propiedad horizontal, donde existe un articulo en el que la comunidad puede prohibir este tipo de servicios comunes”. Por lo tanto, la ley “ampara que se le comunique esta decisión al vecino que no esté al día con las cuotas”.

Sin duda, revisando las temperaturas máximas con las que ha arrancado el verano, el servicio que más echarán en falta los deudores en las comunidades donde se apliquen estas iniciativas será el de la piscina. Está por ver, eso sí, el grado de cumplimiento de estas prohibiciones y cuáles serán las reacciones si se da el caso.

https://www.lavozdealmeria.com/noticia/3/provincia/258843/cambio-en-la-ley-la-comunidad-ya-puede-prohibirte-usar-la-piscina-por-un-motivo

Diseño Web: María García López

Fotografía: CAF Almería

 

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